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Convenios ATE

Ley Bases y Paquete Fiscal en los hechos: pérdida de soberanía nacional, entrega de recursos, flexibilización laboral y vulneración del empleo público

Las leyes que se oficializaron hoy son completamente regresivas en materia laboral e impositiva.

Los decretos 592/24 y 593/24 publicados en la edición de hoy del Boletín Oficial, un día antes de la conmemoración de la independencia argentina y a horas de la firma del Pacto de Mayo en Tucumán, llevan la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Guillermo Francos y del ministro de Economía, Luis Caputo. La publicación marca la entrada en vigencia de la Ley 27742 “Bases”-podés leer la letra final acá- y del “Paquete Fiscal”, Ley 27743. 

Con movilizaciones masivas en todo el país, jornadas nacionales de lucha, paros y asambleas permanentes en los distintos sectores de trabajo, ATE repudió ambas leyes en cada una de sus instancias, desde su concepción y durante su tratamiento legislativo, tanto en Cámara de Senadores como en la de Diputados. La ley Bases se aprobó finalmente el 28 de junio pasado, tras seis meses de negociaciones, en medio de un operativo policial desmedido y una brutal represión por parte de las fuerzas de seguridad a trabajadores y trabajadoras.

“El proyecto del Gobierno busca liquidar las bases que sustentan al proyecto de patria en el cual vivimos para intentar convertirnos en una colonia, rifando los derechos laborales, quitando derechos laborales, persiguiendo y estigmatizando a las diversidades y a los géneros”, expresó Flavio Vergara, titular de la Secretaría de Convenios Colectivos de Trabajo, del Consejo Directivo Nacional de ATE.

Ley Bases: un ataque sistemático a los derechos laborales de los/as estatales

A modo de síntesis, los principales retrocesos que plantea la ley son:

  • Artículo 52: elimina el régimen de estabilidad vigente para la planta permanente -consagrado en el art. 14 bis de la Constitución Nacional- habilitando el pase a disponibilidad cuando se eliminen o supriman áreas de trabajo, o estas excedan la “dotación óptima” de personal. Se trata de un paso previo al despido, donde a los/as trabajadores/as se les concede un “período de gracia” de un año para buscar un nuevo empleo.
  • Artículo 54: elimina el consentimiento expreso del trabajador/a para que la parte empleadora pueda trasladarlo/a geográficamente. Esto abre la puerta para potenciales despidos encubiertos. 
  • Artículo 55: elimina la transparencia en los procesos de selección de personal, quitando las veedurías gremiales para el ingreso a la carrera y la promoción a cargos vacantes
  • Artículo 56: elimina el año de permanencia en el puesto de trabajo mientras avanzan los trámites jubilatorios de los/as trabajadores/as. 
  • Artículo 57: incorpora una prohibición que puede ser usada por el Estado empleador contra los/as trabajadores/as para persecución con fines políticos.
  • Artículos 58 a 61: extiende y agrava el régimen sancionatorio, profundizando las penalidades para los/as trabajadores/as.
  • Artículo 62: penaliza el libre ejercicio del derecho constitucional de huelga, instruyendo descuentos salariales para quienes decidan adherir a protestas.
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