Establece que se podrán otorgar licencia desde el 1° de mayo de 2021 hasta el 21 de mayo de 2021 a les trabajadores que se encuentren a cargo de niños, niñas o adolescentes de menos de 14 años de edad, que deban realizar escolaridad virtual y se encuentren inscriptos en establecimientos educativos de todos los aglomerados urbanos, departamentos o partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, conforme a las pautas indicadas en el artículo 3°, apartado 4 del Decreto N° 287 del 30 de abril de 2021.