Establece modificaciones a las recomendaciones de cuidado frente a la COVID-19, fundamentalmente:
- Deja sin efecto el distanciamiento social de DOS (2) metros; y la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21.
- Para determinar modalidad laboral remota o presencial de una persona, recomienda una evaluación médica de riesgo individual con certificación -no siendo suficiente pertenecer a grupos de riesgo establecidos por la Resolución MSAL 627/20-.