Establece, principalmente, la vuelta a la presencialidad antes del 1° de mayo de 2022 en los organismos del Estado nacional. Grupos de riesgo contemplados en la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, incisos V y VI, quedan exceptuados de la modalidad presencial, acreditando su cuadro clínico. Les trabajadores con diagnóstico positivo por COVID-19 que no hayan requerido internación, pueden reincorporarse sin la necesidad de un test negativo ni certificado de alta.

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También se establecieron los cronogramas tentativos para ambos comités de valoración, que estarán a cargo de llevar adelante la temática.