Hoy, en el marco de una reunión de Comisión Negociadora Central en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social nacional, se aprobó el Régimen de Dirección Pública (RDP), que como anexo del CCTG 214/06 agrupará a los cargos de funcionaries de la Administración Pública Nacional. La misma recién cobrará vigencia a partir de mediados de 2024 en pos de continuar con potenciales adecuaciones y validaciones de les diferentes actores intervinientes.
El director del Departamento de Negociación Colectiva del Consejo Directivo Nacional, Flavio Vergara, tomó la palabra en el encuentro para hacer un llamado a la reflexión y recordar que hoy, 27 de diciembre, es el aniversario de Luis Pasteur y celebración del Día Mundial de la Preparación ante las epidemias. Lo hizo de manera virtual al estar afectado por COVID-19. “Además de la epidemia por COVID-19 y en un nuevo recrudecimiento de los contagios, hay otras epidemias como la de la violencia, la precariedad laboral, los bajos salarios y el hambre que se resuelven con una mejor distribución de la riqueza y por lo tanto hay que apuntar a esta construcción que estamos haciendo”, resaltó el compañero.
Con este nuevo régimen queda atrás la Alta Dirección Pública, el sistema de privilegios que había intentado imponer el macrismo para retener en cargos jerárquicos a les amigues del poder casi indefinidamente, que nuestra ATE logró frenar en 2019 y que venía siendo posteriormente suspendido por sucesivos acuerdos paritarios.
Algunos de los conceptos y las herramientas que esta carrera incluye, y que corrigen las desviaciones desarrolladas por el macrismo en el anterior régimen son:
- Se trata de un régimen de carrera en los términos de la Ley 25164 Marco de Regulación del Empleo Público.
- Se democratiza el acceso a las funciones directivas dentro de la Administración Pública Nacional al formar parte de un régimen de carrera, para el cual se puede concursar para acceder.
- Sienta las bases para que la excepción, es decir las designaciones transitorias en la planta permanente, no sean más la regla. Los cargos directivos deberán concursarse, y las designaciones transitorias tendrán límites claros.
- Los requisitos de acceso al régimen son considerablemente exigentes, en concordancia con las carreras dentro de convenios.
- Se construyen los principios generales para la cobertura de las funciones de Jefatura.
- Se eliminan los conceptos de indemnización en función del régimen de carrera.
- Se establece la estabilidad de quienes acceden al RDP por sistemas de selección en concordancia con los principios orientadores de la función pública de la Constitución Nacional y la Ley 25164.
- Se trata de un sistema transversal de dirección pública que propone principios generales que se pueden aplicar en diversos convenios colectivos de trabajo sectoriales, normalizando diferencias entre escalafones.
- Se eliminan las diferenciaciones salariales para las mismas funciones y rangos.
El Régimen de Dirección Pública será de aplicación primero en el marco del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP) y posteriormente lo deberán adoptar los diversos convenios colectivos de trabajo sectoriales que dependen del CCTG 214/06.
Además de Flavio Vergara, la comitiva de ATE que participó de la rúbrica estuvo conformada por Rodolfo Aguiar, secretario General Adjunto; Rodolfo Mussi, paritario COPIC-SINEP; y Mariana Amartino, integrante del equipo jurídico del Consejo Directivo Nacional de ATE.
Del Estado empleador, participaron Raquel «Kelly» Olmos, ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y Ana Castellani, secretaria de Gestión y Empleo Público; entre otras autoridades de Gobierno. También formó parte la UPCN.
Crédito fotográfico: Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Nación.